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Feliz Año Nuevo 2017





El año 2016 se termina esta noche, y desde el equipo de Auto Escuela Intensiva queremos aprovechar esta ocasión para desearos a todos un estupendo y feliz año nuevo 2017…

¡¡FELIZ AÑO NUEVO 2017 A TODOS!!

Accidentes domésticos en el hogar






Los accidentes en casa son más comunes de lo que imaginamos, una caída en el cuarto de baño, golpes con el mobiliario de la casa, cortes accidentales, quemaduras, ingestión de sustancias tóxicas, etc. Lo más importante es actuar rápidamente y de la forma más adecuada en función al accidente que se ha producido. Tener cerca un Botiquín de primeros auxilios será fundamental en casos de emergencias.

Prevención de los pequeños accidentes en el hogar:

1º) Cantos afilados:

Cuidado con los cantos afilados y las superficies duras, la mayoría de las contusiones o golpes suceden por las terminaciones de ciertas superficies. Si no puede cambiarse por esquinas redondeadas, acomodar los muebles de manera tal que no estén expuestos a los lugares de paso.

2º) Cuidado con los suelos:

También evite encerar si en su hogar hay niños pequeños o personas mayores. Las alfombras son muy decorativas pero peligrosas en algunas ocasiones, puede tropezar.

3º) Cuidados con los medicamentos y artículos de limpieza:

Mantener siempre todos los productos de limpieza, medicamentos y botiquín de primeros auxilios fuera del alcance de los niños. Los niños son muy curiosos, les atraen los colores de los envases y les encanta investigar. Instale sistemas de seguridad en las alacenas bajas de la cocina si guarda ahí los productos de limpieza.

4º) Medidas de seguridad en ventanas y terrazas:

Las barandillas de las terrazas o balcones deben tener una prevención contra niños traviesos. Existen en el mercado varias ofertas para solucionar el problema. Desde elevar las barandillas hasta colocar una red de sujeción. Si las ventanas del cuarto de su hijo no tiene rejas, vigilar que este cerrada o abierta con la persiana baja.

5º) Los juguetes de los niños deben ser seguros:

Si tiene hijos de distintas edades, enseñe al mayor que las piezas pequeñas para su hermano menor pueden ser muy peligrosas. Compre solo juguetes correctamente homologados. La toxicidad de algunos juguetes puede ser muy elevada en la boca de los más pequeños.

6º) Barras de seguridad en literas:

Si la habitación de sus hijos tiene literas, coloque barras de seguridad fijas, evitara posibles caídas durante el sueño.

7º) Golpes y descuidos:

Cuando saque algo de la alacena superior cierre la puerta, muchos acuden a urgencia por un golpe con el canto de la puerta. Como sucedió: saco la lata, se agacho y se olvido que la puerta había quedado abierta, cuando levanto nuevamente la cabeza se dio un buen golpe. Parece una tontería pero puede causar una contusión.

8º) Accidentes en el baño:

Los accidentes en la bañera son frecuentes y pueden ser muy peligrosos (facturas de pelvis, cóccix, torceduras, etc.) Prevenir con una alfombra antideslizante y si hay personas mayores viviendo en casa instalar los pasamanos para que puedan moverse con mayor seguridad al mismo tiempo que no pierden su independencia.

9º) Las escaleras:

Acostumbrar a sus hijos que bajen las escaleras andando y tomados del pasamanos.

10º) Andar descalzo:

Para evitar los golpes en los pies descalzos cuando se acerca a la cama, compre camas con las patas metidas para adentro.





Hay que Prevenir los Golpes de Calor en en Trabajo



El golpe de calor es el aumento de la temperatura del cuerpo por una exposición prolongada al sol (insolación clásica) o por hacer ejercicios en ambientes calurosos o con poca ventilación) al punto que el cuerpo pierde agua y sales esenciales para su buen funcionamiento.


En estas situaciones el cuerpo tiene dificultades para regular su temperatura por los mecanismos habituales como la sudoración por lo que se produce un aumento de la temperatura corporal. El golpe de calor puede presentarse en el momento o después de varios días de alta temperatura.


¿Cuáles son los síntomas?

Es importante estar alerta ante los siguientes síntomas:


- sed intensa y sequedad en la boca
- temperatura mayor a 39º C (medida en la axila)
- sudoración excesiva
- sensación de calor sofocante
- piel seca
- agotamiento, cansancio o debilidad
- mareos o desmayo
- vértigo
- calambres musculares
- agitación
- dolores de estómago, falta de apetito, náuseas o vómitos
- dolores de cabeza (sensación de latido u opresión)
- estado de confusión, desorientación, delirio o incluso coma o convulsiones


¿Cómo prevenirlo?

 Para evitar un golpe de calor en zonas y/o épocas de lastas temperaturas, es importante:

- Evitar bebidas con cafeína o con azúcar en exceso

- Evitar bebidas muy frías o muy calientes
- Evitar comidas pesadas

- Evitar bebidas con alcohol ya que aumentan la temperatura corporal y las pérdidas de líquido. No es conveniente tomar cerveza ante la sed y el calor.

- Evitar la actividad física intensa.


¿Cómo debemos actuar si ocurre?

Es importante actuar rápidamente. En primer lugar  se debe intentar baja la temperatura del cuerpo de la persona afectada, con hielo o con un baño en agua helada.

Además es importante:


- ofrecer agua fresca (o incluso agua con una cucharadita de sal)
- trasladar a la persona a un lugar fresco y ventilado
- no administrar medicamentos antifebriles
- no friccionar la piel con alcohol







CONTENIDO DE LA FORMACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES




La formación en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)  emana del artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Son muchas las preguntas que nos planteamos los Prevencionistas sin  que hasta la fecha, aun habiendo transcurrido más de 20 años desde la entrada en vigor de LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES (B.O.E. nº 269, de 10 de noviembre), hayamos recibido una respuesta clara al respecto que deje por zanjado los controvertidos posicionamientos existentes entre la Inspección de Trabajo, la Administración, los Servicios de Prevención Ajenos o los propios de empresas así como los distintos Centros de Formación.

Preguntas como:
  • ¿Quién puede impartir la formación?
  • ¿Con que periodicidad debe repetirse la formación?
  • ¿Qué duración debe tener dicha formación?
  • ¿Contenido mínimo del programa formativo?
  • ¿En qué modalidad se puede impartir (presencial – a distancia – e-learning?
  • ¿Podría ser sólo teórica la formación?
  • ¿Es obligatorio dotar a la formación de una parte práctica?
  • ¿Cuánto tiempo habría de dedicarse a la teoría y cuánto a la práctica?
En este artículo sólo nos vamos a centrar en lo que a criterio de los Técnicos que forman parte de la Plantilla del Centro de Formación Intensiva debiera formar parte del contenido mínimo de una formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales

No debemos olvidar que la formación que se imparte en virtud de lo preceptuado en el artículo 5 del Real Decreto 1215/1997, de 18 julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, es complementaria a la que se desarrolla en el anteriormente citado artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El artículo 5.4 del RD 1215/1997, establece que “Los trabajadores a los que se refieren los apartados 4 y 5 del artículo 3 de ese RD deberán recibir una formación específica adecuada”. Se entiende, que esta formación es distinta a la formación del artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 

El artículo 5.4 se refiere a la impartición de una formación a los trabajadores que tiene una finalidad específica que es la de realizar las tareas “a las que se refiere los apartados 3 y 4 del artículo 3 del RD 1215/1997”, es decir, se trata de una formación con un objetivo diferente a la formación del artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Así, esta formación específica estaría encaminada al uso adecuado por parte de los trabajadores de equipos de trabajos cuando se realice en condiciones o formas determinadas que requieran un particular conocimiento. Y estaría también encaminada a la realización de un mantenimiento adecuado de los equipos de trabajo, el cual se realizará teniendo en cuenta las instrucciones del fabricante.

La formación del artículo 5.4 del RD 1215/1997 es por tanto, distinta a la del artículo 19 de la Ley de PRL y, en ningún caso la invalida, sino que la complementa ( en este sentido concluye el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en contestación a una consulta de fecha 8 de mayo de 2013)

Y, con la finalidad de cubrir esta necesidad de formación del artículo 5.4, surgen dos nuevas normas UNE, la UNE 58923 y la UNE 58451. Estas normas nacen con el objetivo de normalizar la formación de los operarios de PEMPS y de carretillas elevadoras, respectivamente, y son de voluntario cumplimiento mientras no se regule lo contrario, pero ambas recogen la formación práctica como requisito para la formación en el manejo de ambos equipos de trabajo.

Queda claro que en la materia que nos ocupa sobre formación  en prevención de riesgos laborales hay materias en la que la formación podrá ser única y exclusivamente teórica, sin que por ello se desvirtúe el que sea adecuada tal y como mandata la norma.

Sin embargo la existencia de equipos de trabajo en los que su utilización comporta diversidad de riesgos, hacen reflexionar si la mera formación teórica conlleva la invisibilidad del aprendizaje necesario para el uso seguro de los referidos equipos de trabajo.

La formación en prevención pretende capacitar al empleado para desempeñar su puesto o función sin riesgos, cuando sea posible, o con riesgos aceptablemente controlados.

Se trata no sólo de que los trabajadores conozcan lo que tienen que hacer y por qué, sino de que aprendan a hacerlo. De ahí la im­portancia del adiestramiento (también llamado formación práctica o entrenamiento), la fase del aprendizaje en la que se aprende a hacer algo, haciéndolo.

A diferencia de la formación meramente teórica que, como mucho, produce conocimiento, la formación práctica se propone producir un cambio duradero en la conducta, de modo que, tras el aprendizaje, la persona sea capaz de hacer lo que antes no podía y, además, sienta la motiva­ción de hacerlo.

Por lo tanto el criterio del Centro de Formación Intensiva es que la formación relativa al uso seguro de los distintos equipos de trabajo auto-propulsados (carretillas elevadoras, plataformas elevadoras, grúas, excavadoras, dumpers, compactadoras, niveladoras, etc) requieren de una formación teórica y de una formación práctica adecuadas, que habrán de impartirse durante un período de tiempo que variará dependiendo de nivel de experiencia de los distintos trabajadores en la utilización de estos equipos.

DAVID ARJONA PEDRERO (Consejero de Seguridad, Formador de Maquinaria)
MIGUEL ÁNGEL LARA ALBA (Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales)






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